Tramite electrico TE-4
Declaración TE‑4 – Puesta en Servicio de Generadoras de Energías Renovables
El trámite TE‑4 permite declarar ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) la puesta en servicio de instalaciones eléctricas basadas en energías renovables no convencionales (solar, eólica, biomasa, etc.), formalizando su conexión al sistema eléctrico y habilitando su operación conforme a la normativa vigente.
Objetivo
Registrar oficialmente el sistema generador ante la SEC.
Obtener el certificado TE‑4, requisito obligatorio para que la compañía distribuidora de electricidad realice la conexión con medidor bidireccional y permita inyectar excedentes a la red (Netbilling / generación distribuida).
Quién puede realizarlo
Instaladores eléctricos autorizados ante la SEC, o profesionales habilitados para declarar.
Propietarios o responsables del inmueble, quienes deben contar con autorización del titular si no son dueños.
Documentación requerida
Formulario de solicitud de conexión.
Planos eléctricos de la instalación.
Memoria descriptiva y/o memoria de cálculo estructural.
Informe de ensayos y mediciones del generador.
Declaración del propietario y fotografías de la instalación.
Proceso
El instalador autorizado ingresa al sistema online de la SEC y selecciona el trámite TE‑4.
Adjunta los antecedentes requeridos y envía la solicitud.
La SEC revisa la documentación y responde en un plazo aproximado de 10 días hábiles.
Si es aprobado, se emite el certificado TE‑4, que debe presentarse a la empresa distribuidora para completar la conexión.
Qué habilita
Permite la inyección de excedentes de energía a la red.
Habilita al usuario a acogerse al mecanismo de generación distribuida (Netbilling).
Importancia
Realizar correctamente el trámite TE‑4 asegura que la instalación esté certificada, cumpla con la normativa vigente y opere legalmente. Además, garantiza seguridad, trazabilidad y la posibilidad de aprovechar al máximo los beneficios de la energía renovable, incluyendo autoconsumo y venta de excedentes.